El contenido de esta página requiere una versión más reciente de Adobe Flash Player.

Obtener Adobe Flash Player

  ORGANIZACIÓN

El Convenio de Basilea se crea a fin de proteger a las personas y el ambiente de los efectos adversos del manejo inadecuado de los residuos peligrosos a nivel mundial. Es considerado el tratado internacional más exhaustivo respecto a residuos peligrosos en todo su ciclo de vida, promoviendo se apliquen controles estrictos desde su generación hasta su almacenamiento, transporte, tratamiento, reuso, reciclado, recuperación y eliminación.

Aplica el Consentimiento Fundamentado Previo para prevenir el tráfico ilícito de residuos peligrosos entre países Parte o No-Partes. Asimismo, obliga a las Partes de reducir las cantidades de residuos que atraviesan fronteras, minimizando la generación del residuo mismo, como también tratando y eliminando los residuos lo más cerca posible a su lugar de origen.


Los Objetivos




Manejo Adecuado en todo el Ciclo de Vida

En cada etapa del ciclo de vida velar por que las personas que participen en el manejo de los residuos peligrosos y otros residuos, estén adecuadamente capacitadas, certificadas, autorizadas o habilitadas y adopten las medidas necesarias para impedir una contaminación, así como estar preparados para reducir al mínimo las consecuencias sobre la salud humana y el ambiente de una posible contaminación


Definición Nacional de Residuo Peligroso


Los residuos peligrosos deben ser considerados o definidos en la legislación nacional de cada Parte. La misma que debe ser transmitida conjuntamente con información sobre su gestión, incluyendo los requisitos establecidos en la legislación para su movimiento transfronterizo a la Secretaría del Convenio. La Secretaría a su vez, remitirá está información a todas las partes, quienes deberán ponerla a disposición de los exportadores.
El Convenio conjuntamente con las Secretarías de los Convenios de Estocolmo y Rotterdam, el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y otras entidades constantemente está desarrollando y actualizando directrices, lineamiento y otros documentos que coadyuven a las Partes a fortalecer su legislación nacional a fin de asegurar el manejo ambientalmente racional de los residuos peligrosos y otros residuos en todo su ciclo de vida y reducir al mínimo posible la generación del mismo.

La Ley General de Residuos Sólidos, Ley Nº 27314 del Perú, establece la definición nacional de residuos sólidos y de residuos peligrosos.


Movimiento Transfronterizo entre Parte


El Convenio de Basilea adopta el consentimiento Fundamentado Previo para las notificaciones de exportación de residuos peligrosos.


Proceso de movimiento transfronterizo entre Partes

La Ley General de Residuos Sólidos, Ley Nº 27314  del Perú y su Reglamento, D.S. Nº 057-2004-PCM prohíbe el internamiento de residuos sólidos al territorio nacional con excepción de aquellos destinados a actividades de reciclaje, reutilización o recuperación, siempre y cuando este asegurado su manejo ambientalmente racional. Respecto a los residuos radioactivos o peligrosos, su internamiento y tránsito quedan prohibidos.

La Dirección General de Salud Ambiental – DIGESA, es la autoridad competente de proporcionar autorización para la internalización de residuos. Asimismo, la Dirección General de Capitanía y Guardacostas está en la facultad de prohibir el ingreso a naves que transporten residuos que no cumplan con las normas de seguridad y autorización. 

La Ley que Regula el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos, Ley Nº 28256 del Perú; su reglamento, D.S. Nº 021-2008-MTC y su modificatoria D.S. Nº 030-2008-MTC establece las disposiciones necesarias para velar por el transporte seguro y ambientalmente racional de los residuos peligrosos en el territorio peruano.


Tráfico Ilícito

A efectos del Convenio el movimiento transfronterizo es considerado ilícito cuando procede:

vineta

Sin notificación a todos los Estados interesados conforme a las disposiciones del presente Convenio


vineta

Sin el consentimiento de un Estado interesado conforme a las disposiciones del presente Convenio


vineta

Con consentimiento obtenido de los Estados interesados mediante falsificación, falsas declaraciones o fraude


vineta

De manera que no corresponda a los documentos en un aspecto esencial


vineta

Que entrañe la eliminación deliberada (por ejemplo, vertimiento) de los desechos peligrosos o de otros desechos en contravención de este Convenio y de los principios generales del derecho internacional

El Convenio obliga a las Partes de contar con la legislación adecuada para prevenir y sancionar el tráfico ilícito de los residuos peligrosos. En caso de un incidente, las Partes velaran para que los residuos sean eliminados de manera ambientalmente racional, minimizando los posibles riesgos.


Reducción y/o eliminación de la generación de residuos peligrosos


La Política Nacional Ambiental y el Plan Nacional de Gestión Integral de Residuos Sólidos proporcionan el marco para la reducción al mínimo de la generación de los residuos sólidos. Asimismo, Las Medidas de Ecoeficiencia para el Sector Público, D.S. Nº 009-2009-MINAM, son una primera incitativa de una legislación dirigida específicamente a la reducción de los residuos sólidos. Administrativamente, las empresas en el Perú están obligadas a presentar un Plan de Manejo de Residuos, una Declaración de Manejo de Residuos y un Manifiesto de Manejo de Residuos Peligrosos a la Autoridad Competente, DIGESA. Otros pasos importantes que se han tomado incluyen la elaboración del Diagnóstico de Gestión de Manejo de Residuos Electrónicos en el Perú y el Diagnostico del Mercado de las Baterías de Plomo. Este último sirvió de base para la formulación del proyecto de Reglamento para el Manejo de las Baterías de Plomo Acido Usadas.


Instalaciones de tratamiento y disposición final

La Autoridad Competente en este tema, DIGESA, es la entidad responsable de emitir las autorizaciones para el funcionamiento de Empresas para Sistemas de Tratamiento y Disposición de Residuos Peligrosos y  de aprobar los PAMA y EIA  para los Proyecto de Infraestructuras de transferencia, tratamiento  y disposición final de residuos peligrosos

Intercambio de Información

Además de las respuestas de importación de residuos peligrosos u otros residuos para su eliminación, así como las decisiones de limitar o prohibir la exportación de dichos residuos las Partes están obligadas a informar de cualquier incidente durante el transporte o la eliminación de los residuos peligrosos que constituya un riesgo a la salud humana o el ambiente.
Las Partes también están obligadas a presentar un informe anual respecto a la aplicación del Convenio de acuerdo con el Artículo 13º.


Temas Actuales

vineta

Residuos electrónicos y eléctricos, como los teléfonos celulares y las computadoras


vineta

Los buques destinados al desguace


vineta

Los residuos de mercurio y de amianto


vineta

El vertimiento ilícito de residuos peligrosos

WEB